La aplicación de coeficientes reductores de la edad ordinaria de jubilación en el sector ferroviario. A propósito de la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 21 de junio de 2017 (Rec. 157/2016)
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemEditorial
Revista de derecho de la seguridad social. Laborum
Materia
Jubilación Coeficientes reductores de la edad Sector ferroviario
Fecha
2018Referencia bibliográfica
Caballero Pérez, M.J. (2018): «La aplicación de coeficientes reductores de la edad ordinaria de jubilación en el sector ferroviario. A propósito de la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 21 de junio de 2017 (Rec. 157/2016)», Revista de Derecho de la Seguridad Social. Laborum, núm. 14, págs. 167-180.
Resumen
Desde que se aprobara el RD 2621/1986, de 24 de diciembre, los trabajadores del sector ferroviario han sido uno de los colectivos que, dentro de nuestro sistema de Seguridad Social, han podido disfrutar del derecho a la pensión de jubilación ordinaria a una edad reducida por razón de la naturaleza penosa o peligrosa de su actividad. Sin embargo, estamedida social no ha sido ajena a las reformas que, sobre todo en la última década, han procurado limitar el acceso anticipado a la pensión de jubilación al objeto de garantizar la viabilidad financiera del sistema. Lo que ha contribuido a conformar el marco normativo en el que actualmente se desenvuelve la citada medida social, y al que el presente comentario hace referencia de cara a analizar el último pronunciamiento del Tribunal Supremo en torno a la aplicación de los coeficientes reductores de la edad de jubilación previstos, para ciertas categorías profesionales de trabajadores ferroviarios, en el art. 3.1 RD 2621/1986. Since the passing of the RD 2621/1986, 24th December, the railway sector workers have been one of the collective inside the Spanish Social Security system, which have been entitled to receive the ordinary retirement pension at younger age due to the unhealthy or dangerous nature of their activity. However, this social measure has not been unaware of the reforms, which,especially in the last decade,had tried to limit the anticipated access to the retirement pension –in order to warrantthe financial viability of the system. This has contributed to form the regulatory framework in whichthe previous mentioned social actionis currently developed. Therefore, regarding this regulatory framework, this paper analyzes the last Supreme Court pronouncementonthe application of reduction coefficients of the usualscheduled retirement age, for some professional categories of railway sector workers, by article 3.1 RD 2621/1986.





