La prohibición de la eutanasia por trastornos mentales en España: análisis sobre la vulneración del principio de igualdad y no discriminación
Identificadores
URI: https://hdl.handle.net/10481/102453Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemAutor
Espericueta, LuisMateria
eutanasia suicidio asistido derecho a morir ayuda médica para morir trastornos mentales igualdad en salud derechos fundamentales España salud mental equidad no discriminación igualdad
Fecha
2025Resumen
Este artículo examina la exclusión de personas con trastornos mentales del acceso a la eutanasia en España según la interpretación del Tribunal Constitucional del 2023. En un primer momento, se analiza cómo la negativa a conceder la ayuda para morir a estos pacientes podría vulnerar el principio de igualdad y no discriminación. Posteriormente, se exploran los fundamentos constitucionales de la igualdad y su aplicación al acceso a prestaciones sanitarias, destacando que las diferencias de trato deben justificarse de forma legítima y proporcional. Se argumenta que el criterio relevante que justifica un enfoque unificado no es la etiología de la enfermedad, sino el sufrimiento insoportable y su impacto en la integridad personal. Además, se abordan precedentes internacionales que promueven la no jerarquización entre sufrimientos físicos y psíquicos, y se enfatiza la necesidad de evaluaciones caso por caso que incluyan el historial médico y la capacidad de decisión del paciente. Se concluye que si una persona con capacidad de decisión experimenta un sufrimiento intolerable debido a un trastorno mental y no dispone de un tratamiento efectivo, el Estado español debería garantizarle el acceso a la eutanasia. Tratar de manera diferente a quienes tienen enfermedades mentales en comparación con quienes padecen enfermedades somáticas vulneraría el principio de igualdad en el deber de aliviar el sufrimiento intolerable.