¿Existe un estatuto del consumidor vulnerable tras la reforma del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios?
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Notyreg Hispania SL.
Materia
Consumidor vulnerable Deberes de información precontractual Protección del consumidor vulnerable Comunicación de la vulnerabilidad Vulnerable consumer Pre-contractual information duties Protection of vulnerable consumers Communicating vulnerability
Fecha
2023-10Referencia bibliográfica
Palazón Garrido, María Luisa. ¿Existe un estatuto del consumidor vulnerable tras la reforma del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios? Revista de Derecho Civil http://nreg.es/ojs/index.php/RDC ISSN 2341-2216 vol. X, núm. 4 (julio-septiembre, 2023) 199-223. ISSN 2341-2216
Resumen
El RDL 1/2021 y la posterior Ley 4/2022 introducen la noción de consumidor vulnerable en el
Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (en adelante,
TRLGDCU), procedente de la normativa europea. La vulnerabilidad del consumidor ya se había tenido en
cuenta en la legislación autonómica y sectorial, pero con esta reforma aparece por primera vez en una
normativa general de carácter estatal. El legislador español adopta una noción amplia de vulnerabilidad,
que puede tener origen no sólo en condiciones personales y económicas, sino también en circunstancias
educativas o sociales. Sin embargo, el reconocimiento legal de la vulnerabilidad del consumidor no ha
implicado el establecimiento de una protección transversal. Esto es, no hay en el TRLGDCU un estatuto
general del consumidor vulnerable, sino que las previsiones del legislador se traducen en normas
aisladas, relativas fundamentalmente a los deberes de información precontractual y con incidencia casi
nula en la etapa de ejecución del contrato. Y, además, multitud de cuestiones de concreta protección se
dejan al desarrollo reglamentario. RDL nº 1/2021 and the subsequent Act nº 4/2022 introduce the notion of vulnerable consumer
into the TRLGDCU, which comes from European legislation. Consumer vulnerability had already been
taken into account in regional and sectorial legislation, but with this reform it appears for the first time in
general state legislation. The Spanish legislator adopts a broad notion of vulnerability, which can
originate not only in personal and economic conditions, but also in educational or social circumstances.
However, the legal recognition of consumer vulnerability has not implied the establishment of a
transversal protection. That is to say, there is no general statute of the vulnerable consumer in the
TRLGDCU, but rather the legislator's provisions are translated into isolated rules, mainly relating to pre-
contractual information duties and with almost no impact on the execution stage of the contract.
Moreover, a multitude of specific protection issues are left to regulatory development.
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