Los pactos sociales en el derecho del trabajo
Metadata
Show full item recordEditorial
Granada: Universidad de Granada
Director
Vida Soria, JoséDepartamento
Universidad de Granada.Departamento de Derecho Financiero y Derecho del TrabajoMateria
Contrato social Derecho laboral Tesis doctorales
Materia UDC
331.3 5605
Date
1987Sponsorship
Univ. de Granada, Departamento de Derecho financiero y Derecho del Trabajo. Leída el 29-09-87Abstract
Los pactos sociales son expresión al mas alto nivel de un fenómeno de hondas implicaciones que se ha dado en llamar concertación social y podrían describirse como los acuerdos que sobre importantes aspectos de la política económica y social se llevan a cabo entre el gobierno y las grandes organizaciones de intereses socioeconómicos -es decir las organizaciones empresariales y los sindicatos-en un proceso que se ha llamado de intercambio político. El propósito de este trabajo es el de analizar globalmente el fenómeno -surgido en la realidad española al igual que en otros países democráticos de capitalismo avanzado- de los pactos sociales. No se pretende agotar todas las vertientes del objeto de investigación sino fundamentalmente trazar el marco jurídico y político general de tales pactos que permita una posterior investigación sobre el régimen concreto y analítico de los acuerdos sociales. Un estudio global del significado que estos pactos revisten solo puede conseguirse adecuadamente si es sometido a una revisión critica que sea realizada desde tres puntos de vista distintos pero que se complementan: 1. - el análisis socio-político de los pactos sociales que intenta poner de manifiesto el sentido que esta figura tiene dentro de las sociedades occidentales de capitalismo avanzado y en los sistemas de relaciones industriales que dentro de estas se desarrollan (capitulo i). 2. - el análisis comparado de los pactos sociales (capitulo II) que tiene como objetivo determinar y examinar cual ha sido la practica seguida respecto a este tema por los países más cercanos a nuestra órbita socio-política de forma que sirva de marco de referencia para el análisis de los pactos en nuestro propio derecho. 3. - el tercer punto de vista lo constituye el análisis jurídico-objetivo (capitulo III) que debe permitir la determinación de cuales son las líneas básicas en que se ha de mover el régimen jurídico de esta figura partiendo del marco jurídico constitucional como premisa imprescindible y proyectándose sobre el marco positivo ordinario.