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[Real Orden de S.M. y señores del Real y Supremo Consejo de Castilla,
enviada al Corregidorde Granada, relativa a que los abogados, escribanos y
procuradores recibidos en tales en el tiempo del gobierno constitucional,
acrediten su preparación y requisitos con arreglo a las leyes que regían antes
del 7 de marzo de 1820].