Responsabilidad Penal del Dentista Corpas Pastor, Luis Zambrana Moral, Patricia La responsabilidad profesional del dentista en general comprende la responsabilidad jurídica penal, civil, patrimonial y administrativa (en su vertiente disciplinaria) y la responsabilidad deontológica. La responsabilidad penal del médico estomatólogo viene dada únicamente cuando existe dolo o imprudencia grave. Por regla general, el previo consentimiento del agraviado exime cualquier responsabilidad penal del profesional en el caso de lesiones y sólo puede imputarse la responsabilidad penal (falta o delito) cuando aquél no existe, está viciado o se excede dolosamente por parte del profesional. En conclusión, un previo consentimiento del paciente exime de responsabilidad penal al profesional en la mayoría de los casos, por lo que debería obtenerse sistemáticamente para cada intervención. 2024-09-19T07:57:10Z 2024-09-19T07:57:10Z 1995 conference output Corpas Pastor, Luis y Zambrana Moral, Patricia. Responsabilidad Penal del Dentista. III Congreso de la Asociación Andaluza de Odontología y Estomatología. Benalmádena, Málaga, 30-09-1995 https://hdl.handle.net/10481/94698 spa http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/ open access Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional