El comercio paralelo en la UE y las marcas de origen común fraccionadas. El caso Schweppes Maldonado Molina, Francisco J. El comercio paralelo entre países del EEE de una marca de origen común luego fraccionada, implica un riesgo de confusión en el público que explica que prevalezca la función esencial del Derecho de marcas, frente al libre comercio. Si después del fraccionamiento se mantiene una imagen global de la marca en todo el EEE, surge una situación peculiar que hace que se cuestione la aplicación de la doctrina jurisprudencial existente acerca del comercio paralelo, y la aplicación automática de algunas medidas previstas en la Ley de Marcas. 2024-01-26T12:38:05Z 2024-01-26T12:38:05Z 2018 info:eu-repo/semantics/bookPart Derecho Privado, Responsabilidad y Consumo. Obra colectiva dir. por Pérez-Serrabona González, J.L., Editorial Aranzadi, ISBN 978-84-9177-602-4 https://hdl.handle.net/10481/87382 spa info:eu-repo/semantics/embargoedAccess Editorial Aranzadi