El efecto erga omnes del derecho matrimonial colombiano y su impacto en el Derecho internacional privado Moreno Cordero, Gisela Control de la ley aplicada Divorcio Orden público Se puede acceder en abierto a esta artículo a través del siguiente link: https://ar.ijeditores.com/pop.php?option=articulo&Hash=a7010a2130771c3aa864e8b2cf2324fe El reconocimiento de decisiones en materia civil entre España y Colombia viene determinado por un Convenio que data de 1908. Dicho Convenio contiene regulaciones que están lejos de satisfacer las más elementales exigencias que en la actualidad ordenan el tráfico externo. Esta circunstancia, unida a una incorrecta apreciación acerca de cómo funcionan las normas de derecho internacional privado en este sector de problemas por parte de las autoridades colombianas, ha tenido un claro objetivo para dichas autoridades y, hasta ahora, una desconocida consecuencia para las autoridades españolas. El objetivo, la búsqueda una identidad absoluta entre la causal que ha motivado el divorcio en el extranjero y las previstas en su normativa interna. La consecuencia, el rechazo de tales decisiones cada vez que el divorcio en España no se haya tramitado por mutuo acuerdo de los cónyuges. Con la finalidad de evitar los efectos perniciosos que semejante consecuencia comporta para la armonía internacional de soluciones, tomaremos como punto de partida para el desarrollo del presente estudio, los fundamentos doctrinales y normativos de los que tradicionalmente se ha valido la jurisprudencia de aquel país para sustentar tan cuestionable proceder. 2024-01-22T09:31:59Z 2024-01-22T09:31:59Z 2018 journal article G. Moreno Cordero, El efecto erga omnes del derecho matrimonial colombiano y su impacto en el Derecho internacional privado, Revista Iberoamericana de Derecho internacional y de la Integración, Núm. 8 , 2018, pp. 1-24, 2451-540X https://hdl.handle.net/10481/87057 spa http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/ open access Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional