La protección de las minorías en derecho internacional Díaz Pérez de Madrid, Amelia Liñán Nogueras, Diego J. Derecho internacional público Sociología política Tesis doctorales La tesis constituye un análisis jurídico general del modo en el que el Derecho Internacional regula la protección de las minorías. Partiendo de la base de que el problema de la existencia de minorías en una sociedad es un problema de Estado, producto de una visión reduccionista de la unidad necesaria para constituir la base humana estable de un Estado moderno, se constata que la regulación jurídica del cuestión no hace frente al principal problema de fondo : la marginación de las minorías del proceso de formación del Estado-moderno. La asimilación de la protección de minorías a la protección internacional de los derechos humanos, aun cumpliendo una importante función protectora, no es un enfoque totalmente adecuado para hacer frente a todas las consecuencias del fenómeno minoritario. La tesis parte de la hipótesis de considerar el conjunto de la regulación internacional sobre las minorías no como un mero agregado de disposiciones e instrumentos de diversa procedencia, naturaleza y contenido, sino como un auténtico sistema jurídico, actualmente inserto en el sector del Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Partiendo de esa base, se analiza el "sistema internacional de protección de las minorías", especialmente mediante su comparación con su contexto jurídico de referencia, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, con objeto de sacar conclusiones en torno a los aspectos que presentan en común y, sobre todo, a los que los diferencian. La tesis se cierra con unas conclusiones provisionales que giran en torno a las ideas más importantes que han ido deduciéndose de todo el trabajo, en particular entre ellas: * La constatación de que la definición de minoría que puede ser incorporada en los textos internacionales es necesariamente parcial, con la consecuencia de que, frente a la noción absoluta de persona sobre la que pivota el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, la noción de persona perteneciente a una minoría es relativa. * El hecho de que la norma de protección de minorías, o de personas pertenecientes a minorías, regula una relación jurídica caracterizada por la presencia de tres intereses en juego: el interés del Estado, o interés general; el interés particular de la persona perteneciente a una minoría; y el interés colectivo, o de la minoría considerada en su conjunto. Esta situación es radicalmente distinta a la que encontramos en las normas de protección de los derechos humanos, las cuales regulan relaciones con dos intereses en juego; el general y el particular. * La conclusión de qu el "sistema de internacional de protección de minorías" está llamado a cumplir una función de orientación, límite, incentivo y control de las conductas estatales, y no una función directamente protectora por sí mismo. La complejidad del problema de las minorías, que afectan a aspectos esenciales de la organización jurídico- institucional de los Estados, así como la diversidad de las situaciones nacionales hacen que las normas internacionales de protección de minorías sólo suministren "fórmulas de gestión" de la realidad minoritaria, sin predeterminar un resultado 2015-09-23T09:13:57Z 2015-09-23T09:13:57Z 2002 2002-09-20 doctoral thesis http://hdl.handle.net/10481/37580 spa open access Universidad de Granada