Muy Sres. mios : aunque nadie ignora que para la liquidacion de subministros hechos á las tropas españolas por todos los pueblos de los cuatro Reinos de Andalucía desde el año de 1808 en adelante, deben los Ayuntamientos respectivos otorgar poder á favor de una persona que les represente en esta Capital Al final del texto: "Dat. en Sevilla a 16 de septiembre de 1820" Texto firmado por Jorge Joaquín Delgado y Ordóñez. Tít. tomado de principio de texto. 2013-05-22T09:40:41Z 2013-05-22T09:40:41Z 1820 book http://hdl.handle.net/10481/25557 spa http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/ open access Creative Commons Attribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 License España-Andalucía-Sevilla [Sevilla : s.n.]