Mandamos, que se guarde por ley y condicion general, para en todos los arrendamientos de nuestras rentas, que si de las leyes y condiciones que para ellas estan hechas, y otras qualesquier leyes, aranceles y condiciones, o de alguna dellas se hizieren adelante... / [Hernando de Santiago] Rentas eclesiƔsticas Arrendamiento Lugar y fecha probables de imp. tomadas del texto (fol. 2 v.) Inic. grab. Enc. Perg. 2011-02-02T07:42:04Z 2011-02-02T07:42:04Z 1629 info:eu-repo/semantics/book http://hdl.handle.net/10481/12303 es http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/ Creative Commons Attribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 License EspaƱa [Granada ?] : [s.n.]