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dc.contributor.authorPérez Lara, Manuel 
dc.date.accessioned2024-11-22T13:11:16Z
dc.date.available2024-11-22T13:11:16Z
dc.date.issued2004-11
dc.identifier.citationPérez Lara, J.M. : Algunas consideraciones en relación con la exención de las cantidades percibidas por el motivo de acogimiento Revista Aranzadi Jurisprudencia Tributaria, núm. 12, noviembre, 2004, págs..21 a 28es_ES
dc.identifier.issn1132-8568
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/10481/97286
dc.description.abstractCon el análisis de la STSJ Cataluña de 20 de junio de 2003, junto con otros pronunciamientos jurisprudenciales, la doctrina administrativa de la DGT y los supuestos de exención de las letras l) y n) del art.9 de la Ley 18/1991, de 6 de junio del IRPF y los nuevos supuestos del art.7 de la nueva Ley 40/1998, de 9 de diciembre, se pone de manifiesto el trato discriminatorio entre la ayudas para financiar estancias en residencias o centros de día y las ayudas para financiar la estancia de la persona en su entorno familiar habitual. Se pone de manifiesto la falta de una política que determine con claridad cuál debe ser el papel que debe ofrecer y dispensar el sistema tributario a las familias, personas menores o con discapacidad o mayores de 65 años.es_ES
dc.description.sponsorshipGrupo de Investigación "Investigación y estudio del Derecho Financiero" (SEJ-326)es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherAranzadi Jurisprudencia Tributariaes_ES
dc.titleAlgunas consideraciones en relación con la exención de las cantidades percibidas por el motivo de acogimientoes_ES
dc.typejournal articlees_ES
dc.rights.accessRightsopen accesses_ES


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