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dc.contributor.authorVida Fernández, Raquel 
dc.date.accessioned2024-11-19T08:33:33Z
dc.date.available2024-11-19T08:33:33Z
dc.date.issued2020-02-24
dc.identifier.citationTEMAS LABORALES núm 152/2020. Págs. 319-329es_ES
dc.identifier.issn0213-0750
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/10481/97059
dc.description.abstractTras analizar la configuración legal del complemento reconocido en el artículo 60.1 TRLGSS a las mujeres madres de dos o más hijos que es objeto de reclamación judicial por un pensionista, se concluye que la forma en que está diseñada este instrumento de mejora en la norma nacional, -como una especie de gratificación del sistema “por su aportación demográfica a la Seguridad Social”-, no es instrumento válido de compensación para las mujeres por su maternidad, o como medida de corrección de desigualdades en el mercado de trabajo o las pensiones, y sí choca de forma directa con el contenido de la norma comunitaria, por constituir una discriminación directa por razón de sexo, en detrimento de los hombres, padres, pensionistas, que de forma evidente debe declararse prohibida.es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.titleExtensión del reconocimiento del complemento de pensión para los padres con dos o más hijos, beneficiarios de pensiones contributivas de la seguridad social: ¿punto final a una medida mal planteada pero necesaria frente a la brecha de género en las pensiones?es_ES
dc.typejournal articlees_ES
dc.rights.accessRightsopen accesses_ES
dc.type.hasVersionAMes_ES


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