Técnica legislativa y seguridad jurídica. La inconstitucionalidad de una norma "radicalmente oscura". A propósito de la Sentencia de la Corte Costituzionale italiana de 18 de abril de 2023, núm. 110/2023.
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Editorial Aranzadi La Ley
Fecha
2023-10Referencia bibliográfica
Civitas, Revista Española de Derecho Financiero, núm. 200, 2023.
Resumen
La Sentencia de la Corte Costituzionale n. 110/2023, de 18 de abril, resuelve el recurso interpuesto por el Presidente del Consejo de Ministros, con el objeto de que se declare la ilegitimidad constitucional de varios preceptos de la Ley de 24 de mayo de 2022, núm. 8, de la Región Molise (Legge di stabilità regionale anno 2022). En esta Sentencia se realizan interesantes consideraciones acerca del alcance de los principios presupuestarios y de coordinación de las finanzas públicas; si bien, nos centramos en este trabajo, especialmente, en el análisis del razonamiento seguido por la Corte para declarar la ilegitimidad constitucional de un precepto relacionado con la materia urbanísticac de la Ley regional atendiendo a su opacidad, y examinaremos su proyección en el ámbito tributario en el que con frecuencia nos encontramos con disposiciones normativas de dificultosa inteligibilidad y singularizadas por su complejidad. En esta Sentencia la Corte Costituzionale admite la corrección técnica de las leyes como canon de constitucionalidad, y concluye que una norma “irremediablemente oscura”, y que, en consecuencia, presagia una incertidumbre intolerable en su aplicación práctica, resulta contraria al principio de ragionevolezza reconocido en el art. 3 de la Constitución italiana. Confrontaremos esta doctrina de la Corte Costituzionale con la mantenida, hasta la fecha, por nuestro Tribunal Constitucional en relación a la corrección técnica de las leyes tributarias y su implicaciones atendiendo al principio constitucional de seguridad jurídica.




