La Agencia Estatal de Administración Tributaria: su discutida creación, financiación y funcionamiento. Propuestas para su eficiencia
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Hinojosa Arcos, JaimeEditorial
Universidad de Granada
Director
Barrilao González, Pedro EnriqueDepartamento
Universidad de Granada. Programa de Doctorado en Ciencias JurídicasFecha
2024Fecha lectura
2023-11-24Referencia bibliográfica
Hinojosa Arcos, Jaime. La Agencia Estatal de Administración Tributaria: su discutida creación, financiación y funcionamiento. Propuestas para su eficiencia. Granada: Universidad de Granada, 2023. [https://hdl.handle.net/10481/89666]
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Tesis Univ. Granada.Resumen
El nacimiento de la Agencia Estatal de Administración Tributaria estuvo envuelto
en numerosas polémicas por el vehículo elegido por el Gobierno socialista de 1991 para
su creación: una Ley de Presupuestos Generales del Estado. También por su régimen de
financiación, que aún hoy continúa siendo muy discutido, debido a que el presupuesto de
la Agencia depende de las transferencias del Estado para cada ejercicio y de un porcentaje
de lo que recaude. Por un lado, a través de los ingresos automáticos, aquellos en los que
son los propios contribuyentes los que ingresan la cuota resultante de su autoliquidación.
Por el otro; a través de los ingresos por actos de liquidación, que se dan en aquellos
supuestos en los que es la Agencia Tributaria la que, a través de una previa actuación de
gestión o inspección, reclama al sujeto pasivo una cantidad a pagar por errores u
omisiones en sus obligaciones tributarias.
Pero, además, el debate doctrinal y parlamentario sobre las posibles
disfuncionalidades que este régimen de financiación podría suponer para la Agencia,
alcanzó también otro polémico elemento de su creación: el régimen de contratación con
terceros y de contratación de personal que le confería el artículo 103 de la Ley de
Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 1991. En sede parlamentaria, hubo
quienes acusaron al Gobierno de privatizar la recaudación de impuestos.
Además de por sus propios vicios, la Agencia Tributaria se ve afectada en su
funcionamiento por la configuración del Estado. La España de las autonomías supone que
la Agencia Tributaria no sea la única institución encargada de la gestión y recaudación de
los tributos lo que lleva años siendo debatido por la doctrina: ¿es mejor una sola Agencia
Tributaria? O, por el contrario ¿sería mejor para la relación con el contribuyente la
creación de 17 Agencias Tributarias distintas?
Esta relación con el contribuyente es un elemento capital para cualquier
Administración Tributaria. Por ello, el estudio del concepto de Administración Tributaria
en el entorno de la OCDE, y de otras instituciones encargadas de la gestión y recaudación
de los tributos, resulta imprescindible para alcanzar los objetivos de este trabajo. La
relación de la Agencia Tributaria con los contribuyentes es, en ocasiones, convulsa, en
parte debido a su régimen de financiación, lo que provoca que en el centro de sus
actuaciones no esté la figura principal de todo sistema tributario-fiscal: el ciudadano. El Internal Rental Service, la “Agencia Tributaria” estadounidense, impulsó desde
hace un par de décadas una serie de reformas para mejorar sus relaciones con los
ciudadanos y poner en el centro de su sistema al contribuyente.
Reivindicaciones similares a las que lleva tiempo reclamando el grupo de Inspectores de
Hacienda del Estado y el sindicato de Técnicos, GESTHA, cuyos estudios han sido
estudiados y analizados para proponer una serie de mejoras para la Agencia Tributaria,
entre ellas la integración de la Tesorería General de la Seguridad Social y el Departamento
de Recaudación de la Agencia en un organismo único.





