"Paso de tanto de culpa" a los órganos administrativos: Algunas consideraciones sobre sus causas y efectos
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Torres Rosell, NuriaEditorial
Edersa
Fecha
1994Referencia bibliográfica
Torres Rosell, N.: Paso de tanto de culpa a los órganos administrativos: algunas consideraciones sobre sus causas y efectos", Comentario al art. 33 LO de Seguridad Ciudadana. VARIOS dirigido por Cobo del Rosal y coordinado por Bajo Fernández: Comentarios a la Legislación Penal, Tomo XV, vol. 2, Editorial de Derecho Privado- Edersa, Colección Revista de Derecho Público, Madrid. 1.994, págs. 667 a 672.
Resumen
Se exina cuándo, cómo y con qué efectos se produce la traslación a las autoridades administrativa que deben continuar con el expediente administrativo sancionador por infracciones a la ley de seguridad ciudadana de la noticia de los hechos, cuando se ha tramitado previamente un proceso penal por su apariencia delictiva, que ha finalizado sin declaración de responsabilidad criminal , a la luz de las diversas resoluciones enumeradas en el art. 33 LSC- pueden ponerle fin: la sentencia absolutoria, el auto de sobreseimiento o el auto "de archivo".