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dc.contributor.advisorOlmedo Cardenete, Miguel Domingo 
dc.contributor.authorMilanese, Pablo
dc.contributor.otherUniversidad de Granada. Programa de Doctorado en Ciencias Jurídicases_ES
dc.date.accessioned2019-09-18T12:43:41Z
dc.date.available2019-09-18T12:43:41Z
dc.date.issued2019
dc.date.submitted2019-07-29
dc.identifier.citationMilanese, Pablo. Criterios de justificación del uso de la ley penal en blanco para la protección de bienes jurídicos colectivos. Granada: Universidad de Granada, 2019. [http://hdl.handle.net/10481/56855]es_ES
dc.identifier.isbn9788413062983
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10481/56855
dc.description.abstractEn los últimos años, el Derecho penal ha sufrido continuas y constantes modificaciones, adoptando una política de criminalización de hechos, lo que revela su carácter expansionista. Actúa, principalmente, en las partes especiales de los Códigos penales y de las legislaciones especiales creando nuevas figuras penales o ampliando los tipos ya existentes. Además, este Derecho penal utiliza instrumentos que facilitan su ejercicio, entre los cuáles, se puede citar, las leyes penales en blanco. Para el Tribunal Constitucional Español las leyes penales en blanco pueden ser complementadas por las normativas autonómicas y no vulneran el principio de igualdad. Sin embargo, entendemos que la posibilidad de la normativa autonómica integrar el tipo penal produce una vulneración del principio de igualdad, pues permite que la misma conducta sea delito en una Comunidad Autónoma y en otra no. Ante los problemas generados por el empleo de las leyes penales en blanco, han surgido algunas propuestas para la supresión de esta técnica legislativa. Un de ellas es la sustitución de las leyes penales en blanco por leyes penales especiales. Entendemos que esta propuesta no es viable, pues las leyes penales especiales deben tener rango de Leyes Orgánicas, estas especies de leyes son el ámbito más habitual en el que se prodigan las leyes penales en blanco, la experiencia no recomienda la sustitución. La segunda propuesta, la descriminalización de las materias reguladas por leyes penales en blanco, aunque más acorde con el principio de intervención mínima, en su carácter de última ratio y subsidiariedad, va en contra a los deseos y necesidades de las modernas sociedades. Así que, ante la innegable necesidad de empleo de esta técnica legislativa, entendemos que la mejor alternativa es la aplicación del principio de proporcionalidad en sentido amplio, a través del juicio de proporcionalidad, tanto en abstracto, por el legislador, como en concreto, a través del controle de constitucionalidad por el Tribunal Constitucional.es_ES
dc.description.sponsorshipTesis Univ. Granada.es_ES
dc.format.mimetypeapplication/pdfen_US
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherUniversidad de Granadaes_ES
dc.rightsAtribución-NoComercial-SinDerivadas 3.0 España*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/es/*
dc.subjectDerecho penal es_ES
dc.titleCriterios de justificación del uso de la ley penal en blanco para la protección de bienes jurídicos colectivoses_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/doctoralThesises_ES
europeana.typeTEXTen_US
europeana.dataProviderUniversidad de Granada. España.es_ES
europeana.rightshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/en_US
dc.rights.accessRightsinfo:eu-repo/semantics/openAccessen_US


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