La traducción de los conceptos jurídicos del derecho de sucesiones en la UE: Análisis del Reglamento 650/2012 en inglés y español
Metadata
Show full item recordAuthor
Rubio Ortega, MartaEditorial
Universidad de Granada
Director
Way, Catherine LouiseDepartamento
Universidad de Granada. Departamento de Traducción e InterpretaciónMateria
Derecho Traducción e interpretación Unión Europea Linguística Multilingüismo Semántica (Derecho) Evaluación
Materia UDC
37 5600 81´25 5700
Date
2018Fecha lectura
2018-01-09Referencia bibliográfica
Rubio Ortega, M. La traducción de los conceptos jurídicos del derecho de sucesiones en la UE: Análisis del Reglamento 650/2012 en inglés y español. Granada: Universidad de Granada, 2018. [http://hdl.handle.net/10481/49412]
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Tesis Univ. Granada. Programa Oficial de Doctorado en: Lenguas, Textos y ContextosAbstract
Desde que en la década de 1950 se crearan las Comunidades Europeas, con el Reglamento nº1 del Consejo de 1958 se sientan las bases de lo que es la política lingüística de la UE en la actualidad. De este modo, se establece que todas las lenguas oficiales (24 por el momento) tienen el mismo estatus y todos los instrumentos normativos que la UE adopte se habrán de traducir a estas 24 lenguas. Traducciones que, sin embargo, no son tales sino que tienen rango de texto auténtico. En este contexto, algunos autores comienzan a hablar de la traducción jurídica en el marco de la UE como un tipo de traducción sui generis. El creciente interés por este tipo de traducción jurídica evidencia su actualidad.
El objeto de nuestra tesis doctoral se centra en el estudio de la traducción de los conceptos jurídicos del derecho de sucesiones en el marco de la UE y en las lenguas inglesa y española. Para ello, prestamos atención concretamente al Reglamento 650/2012, el único instrumento en materia de sucesiones que la UE ha adoptado hasta la fecha. El motivo de que no consideremos otros textos para nuestro estudio es que el Reglamento es el único con efecto directo y aplicabilidad directa.
Si bien somos conscientes de que todas las versiones lingüísticas tienen estatus de texto auténtico y no de traducción, sabemos que el primer borrador del Reglamento se redactó en lengua inglesa. Por este motivo, a efectos prácticos hemos partido de la versión en inglés como texto original (TO) y tomado la versión en español como texto término (TT).
Para llevar a cabo este estudio, desarrollaremos una investigación interlíngüística de corte cualitativo. Entendemos cualitativo en el sentido de la propuesta de Noguerol (1998 en Hurtado Albir, 2007: 175), que establece que es una metodología de investigación enfocada en la cualidad –esto es, la naturaleza o interpretación– en la que el investigador aplica análisis inductivos y cuyo objetivo es la comprensión, la descripción y el descubrimiento.
Además, el estudio es de corte interdisciplinar, pues confluyen el derecho comparado y los estudios de traducción (ET) como disciplinas del conocimiento. Por un lado, el derecho comparado nos ha ayudado a estudiar y conocer el contexto jurídico y la situación comunicativa de nuestro objeto de estudio. Por otro lado, ET nos han servido para analizar y describir los conceptos teóricos sobre los que sustentar nuestra tesis doctoral. Finalmente, la lingüística textual es la base del análisis traductológico de nuestro corpus textual.