El papel del nexo de causalidad en el sistema europeo de competencia internacional de los contratos de consumo ¿Una condición para el olvido?
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La Ley
Materia
Emrek / Sabranovic Competencia judicial internacional Contratos de consumo Relación causal entre el contrato y la actividad del empresario Reglamento (CE) 44/2001 Regulation (EC) 44/2001
Fecha
2014-01Referencia bibliográfica
Esteban de la Rosa, F. "El papel del nexo de causalidad en el sistema europeo de competencia internacional de los contratos de consumo ¿Una condición para el olvido?". La ley Unión Europea, 2(11): 5-17 (2014). [http://hdl.handle.net/10481/33307]
Resumen
El presente estudio analiza el impacto sobre el sistema de competencia judicial internacional de los contratos de consumo de la sentencia del TJ (Sala Tercera) de 17 de octubre de 2013 dictada en el asunto Lokman Emrek / Vlado Sabranovic, que viene a unirse a las precisiones hechas por las sentencias de 7 de diciembre de 2010 (Pammer / Alpenhof) y de 6 de septiembre de 2012 (Daniela Mühlleitner /Ahmad Yusufi, Wadat Yusufi). Con arreglo a la solución ofrecida se permite al consumidor demandar al comerciante con el que celebró un contrato ante los tribunales nacionales cuando se acredita que el segundo dirigió sus actividades al Estado del consumidor, sin que sea necesario que el medio utilizado para dirigir allí sus actividades haya dado lugar a la celebración del contrato. Se trata de una decisión desafortunada, cuya lectura revela una argumentación muy frágil y un fallo que ni es consistente con la fundamentación ni guarda plena relación con la cuestión prejudicial planteada. Con todo, su defecto fundamental radica en no afrontar el problema de fondo, a saber, la necesidad de dar sentido a la conexión que exige el inciso final del art. 15.1 c) Bruselas I entre el contrato celebrado y la actividad del empresario dirigida al país del consumidor. El presente estudio contiene propuestas con la finalidad de conseguir una construcción más coherente del sistema de competencia judicial internacional de los contratos de consumo. This study analyzes the impact experienced by CJEU´s ruling of 17 October 2013 in Case Lokman Emrek / Vlado Sabranovic over international jurisdiction over consumer contracts, polishing and adding to the judgments of December 7, 2010 (Pammer/Alpenhof) and September 6, 2012 (Daniela Mühlleitner/Ahmad Yusufi, Wadat Yusufi). According to the provided solution the consumer is allowed to bring a claim against the trader with whom he entered into a consumer contract before his competent national courts when the consumer proves the latter directed his activities at the State of the consumer, without requiring that the means employed to direct the commercial or professional activity to the Member State of the consumer’s domicile had led to the conclusion of the contract. This is an unfortunate ruling, whose reading reveals a very weak argument and inconsistency with the reasoning, being that it is not even fully related to the referred question for a preliminary ruling. Still, its fundamental flaw lies in not addressing the underlying problem, namely the need to make sense of the causal link between the means used to direct the commercial activity to the Member State of the consumer's domicile and the conclusion of the contract, as provided for in the final paragraph of art. 15.1 c) Brussels I Regulation. This study contains proposals in order to achieve a more coherent structure of the international jurisdiction system over consumer contracts.