La “Justicia Distributiva” en el siglo XVII. (Aproximación político-constitucional)
Metadata
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Cárceles Gea, BeatrizEditorial
Universidad de Granada
Materia
España Siglo XVII Justicia distributiva Justicia Monarquía
Date
1984Referencia bibliográfica
CÁRCELES GEA, Beatriz. "La “Justicia Distributiva” en el siglo XVII. (Aproximación político-constitucional)". En: Chronica Nova. 1985, vol. 14, pp. 93-122. [http://hdl.handle.net/10481/26066]
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Departamento de Historia Moderna y de América, Universidad de Granada.Abstract
En las relaciones de poder de la España del siglo XVII, uno de los mecanismos esenciales, encargados de mantener y garantizar su constitución interna, formando parte de la misma, será la “justicia distributiva”. Principal baza con la que cuenta el súbdito para poner en funcionamiento y dar marcha a los resortes político-institucionales de la monarquía. De naturaleza principalmente política, poseerá una funcionalidad de gobierno, que lleva implícita, desde un punto de vista normativo, las pautas de conducta
por las que se ha de guiar el monarca en su relación con el reino. Un transfondo constitucional se encierra detrás de la defensa de este medio de acción política.
Forma parte de una concepción de la monarquía en la que la justicia se eleva como el protagonista configurador que enmarca las relaciones con el príncipe dentro de unas coordenadas contractuales. Concebida como un derecho, que se engloba dentro de los derechos generales del reino, habrá de ser considerada como una norma inalienable encargada de perpetuar y
actualizar el contrato establecido con el monarca. Será el canal merced al cual se actualiza el poder, y por cuyo medio la comunidad estará en condiciones de cumplir con su primer objetivo y mandamiento: la utilidad común, o lo que es lo mismo: de defender aquellos privilegios atomizados que conforman el conjunto de dicha utilidad. Sobre la base de esta recíproca conexión entre Rey y reino, se dirimirá a lo largo de dicho siglo un verdadero conflicto, en el que se pondrán enjuego la naturaleza de la
“justicia distributiva”, y con ella, la constitución de la monarquía.