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dc.contributorGranada. Audiencia Provincialen_US
dc.date.accessioned2012-07-03T12:19:00Z
dc.date.available2012-07-03T12:19:00Z
dc.date.issued1870en_US
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10481/21171
dc.descriptionIncipit: "Art{486}. Primero. Todos los negocios contencioso-administrativos venidos de los Consejos y las demandas incoadas hasta la fecha en esta Audiencia serán compensadas de presente..." (fol. 1)en_US
dc.descriptionExplicit: "... Art{486}. Sesto. Quedan derogados los artículos del citado Reglamento en cuanto se opongan a las disposiciones de esta adición. Granada veintiseis de febrero de mil ochocientos setenta. José Castro Lerma [etc.]... Es copia de su original de que certifico. Granada siete de Marzo de mil ochocientos setenta. Rafael Marín de Sansón" (fol. 2v)en_US
dc.format.extent[2] h. ;en_US
dc.language.isospaen_US
dc.rightsCreative Commons Attribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 Licenseen_US
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/en_US
dc.subjectDerecho administrativo en_US
dc.titleAdición al Reglamento aprobado por la tercera Sala de gobierno de esta Audiencia en trece de Diciembre de mil ochocientos sesenta y nueve para la compensación de los negocios contencioso-administrativos con los del fuero comúnen_US
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/booken_US
dc.rights.accessRightsinfo:eu-repo/semantics/openAccessen_US


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