La aplicación por los órganos jurisdiccionales españoles del reglamento (UE ) 4/2009 en materia de obligaciones de alimentos
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Soto Moya, MercedesEditorial
ATELIER
Fecha
2024Referencia bibliográfica
SOTO MOYA, M., "La aplicación por los órganos jurisdiccionales españoles del reglamento (UE) 4/2009 en materia de obligaciones de alimentos", La obligación de alimentos: un análisis multidisciplinar / coord. por Inmaculada Vivas Tesón, Pedro Botello Hermosa, 2024, págs. 401-429.
Resumen
La movilidad internacional de personas, favorecida en nuestros días por el fenómeno de la globalización, es uno de los factores que han propiciado el aumento de reclamaciones internacionales de alimentos. Resulta cada vez más frecuente que el deudor alimentario o su patrimonio se encuentren en un Estado distinto de aquél en el que reside el acreedor y en el que, por tanto, la obligación alimenticia debe ser cumplida. Los problemas que con respecto a este tema se pueden suscitar son variados. Así, de tener el acreedor su residencia habitual en España y hallarse la del deudor en un país diferente ¿se le podrán reclamar a este último en España los alimentos pese a no encontrarse en nuestro país o habrá que demandarlo en el país en el que tenga su residencia? Si el supuesto es el contrario, es decir, si el deudor alimenticio es el que se encuentra residiendo en España y el acreedor reside en otro Estado, ¿dónde podrá este último interponer la demanda? ¿Podrá plantearla en el país de su residencia o deberá hacerlo ante las autoridades españolas? The international mobility of persons, facilitated nowadays by the phenomenon of globalisation, is one of the factors that has led to an increase in international maintenance claims. It is increasingly common for the maintenance debtor or their assets to be located in a country other than that in which the creditor resides and in which, therefore, the maintenance obligation must be fulfilled. This issue can give rise to a variety of problems. For example, if the creditor is habitually resident in Spain and the debtor is resident in a different country, can the latter be sued for maintenance in Spain even though he or she is not in our country, or will it be necessary to sue him or her in the country where he or she is resident? If the opposite is true, i.e. if the maintenance debtor is residing in Spain and the creditor resides in another State, where can the latter file the claim? Can they file it in their country of residence or must they do so before the Spanish authorities?





