Justicia predictiva en el orden procesal
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Caruso, GianpaoloEditorial
Universidad de Granada
Departamento
Universidad de Granada. Programa de Doctorado en Ciencias JurídicasFecha
2025Fecha lectura
2024-11-29Referencia bibliográfica
Caruso, Gianpaolo. Justicia predictiva en el orden procesal. Granada: Universidad de Granada, 2024. [https://hdl.handle.net/10481/102529]
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Tesis Univ. Granada.Resumen
La tesis titulada “Justicia predictiva en el orden procesal”, analiza las posibles
implicaciones en la configuración actual del uso de la IA aplicada a procesos de
toma de decisiones como las decisiones en materia judicial y las adoptadas por
el empresario, con la relevancia de la gestión del juez en el proceso civil en el
primer caso y del empresario en el segundo.
Sin embargo, un elemento central en el presente estudio parecen fue las razones
asumidas y la interpretación de los hechos y de la ley, que es la solución que
hace incalculables los derechos.
Es difícil negar que, en principio, la seguridad jurídica constituye la ambición
natural de todo ordenamiento jurídico. Si nos fijamos en particular en la Europa
continental, es fácil comprobar cómo en la raíz del proceso codificador se
encontraba precisamente la necesidad de regular las relaciones inter-privadas
mediante unas pocas leyes, claras y sencillas, confiando la resolución de las
eventuales controversias a un juez no ya al servicio del soberano (o de la clase
dirigente), sino de la propia ley, de la que estaba llamado a ser la expresión (o,
mejor, la "boca")
El tema taratado es si el objetivo de la calculabilidad de las decisiones judiciales,
como corolario de la seguridad jurídica , puede alcanzarse hoy con el apoyo de
una tecnología cada vez más evolucionada y, en particular, mediante el uso de
la inteligencia artificial.
Más en detalle, el propósito de la presente tesis fue comprender cuáles son las
potencialidades y, quizás sobre todo, los límites, ordinamentales ante la
informática, de la llamada justicia predictiva, que recientemente está atrayendo,
también en Italia, la atención de los órdenes profesionales, de las oficinas
judiciales, de la doctrina y, de momento más marginalmente, de los policy
makers.
No se puede dejar de distinguir la "justicia predictiva en sentido amplio", que
tiene por objeto identificar, mediante herramientas de data research analysis,
precedentes judiciales capaces de (o, quizás mejor, útiles para) pre-dicere el
resultado de un litigio que aún no ha comenzado o, en cualquier caso, aún no se
ha decidido, de la "justicia predictiva en sentido estricto", que, al estar situada
dentro del proceso de toma de decisiones, en realidad tiene más que ver con el
ius dicere que con el ius pre-dicere. En este segundo ámbito, más delicado, habría que mantener además separadas la tecnología de apoyo/ayuda del juez y la que
la sustituye, o, dicho de otro modo, el algoritmo predictor y el algoritmo
decisor.
En el contexto de esta transformación inminente -si se permite forzar una
comparación- se analizó la idea del juez-robot al proyecto utópico de
inspiración ilustrada, que proponía un juez como mera bouche de la loi,
mediante la aplicación aséptica de la ley sin ningún esfuerzo interpretativo.
Tras las razones que a lo largo del tiempo han hecho suspirar por un juez
automático y el papel que hoy pueden desempeñar los algoritmos en la
realización de esta aspiración, es necesario comprender el funcionamiento de
los llamados sistemas expertos basados en el conocimiento en el mundo del
Derecho, deteniéndose en las posibles implementaciones de la interpretación
robótica basada en precedentes jurisprudenciales.
A la luz de la creciente importancia de la forma jurisprudencial -que ya no se
limita a la función de mera interpretación, sino que en algunos casos se ha
convertido en una auténtica creadora de Derecho-, la opción de basarse en un
algoritmo de enjuiciamiento puede estar en consonancia con la tendencia
observada entre los jueces a simplificar la motivación de las sentencias
mediante el reconocimiento de la autoridad de los precedentes
jurisprudenciales.
La necesidad de introducir este vínculo tendía a limitar el poder de juzgar
sometiendo la actuación del juez al control de la comunidad. La motivación de
la sentencia comienza así a asumir una función extraprocesal y democrática . El
juez debe someterse a estos principios incluso en los casos en los que decida
conforme a la equidad , en cuyo caso deberá demostrar en todo caso que ha
decidido conforme a los principios que informan el litigio y que no ha decidido
conforme a la mera arbitrariedad.
En realidad, he analizado en la tesis cómo esta dicotomía no puede entenderse
en un sentido rígido, en la medida en que, dada la impracticabilidad de una
justicia (enteramente) algorítmica, incluso las herramientas de asistencia al juez
presentan el riesgo de una deshumanización (más correctamente, de una
ponderación inadecuada) de la decisión, acabando así por explicar un efecto
"disruptive " sobre el sistema de justicia en su conjunto, no muy diferente del
caso del llamado juez-robot.
Esto no significa cerrar completamente las puertas a una tecnología que se
plantea.
En otras palabras, si se quiere abrazar una visión antropocéntrica del progreso
tecnológico, la trayectoria del debate sobre la naturaleza predictiva de la justicia debería conducir de back to basics, es decir, a cuestionar lo que significa hoy ser
(y seguir siendo) humano en el momento de decidir e, in apicibus, de
argumentar.
En las reflexiones finales, me quedé en la idea de que el discurso sobre la
justicia predictiva -y sobre la inteligencia artificial- debe hacer reflexionar sobre
la complejidad de decidir (y actuar).