La revocación de la renuncia a la acción civil en el procedimiento penal tras la entrada en vigor de la ley orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual.
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Dykinson
Materia
consentimiento revocación de la renuncia responsabilidad civil ex delicto
Fecha
2023Referencia bibliográfica
La revocación de la renuncia a la acción civil en el procedimiento penal tras la entrada en vigor de la ley orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual. Cuadernos de política criminal, ISSN 0210-4059, Nº 139, 2023, págs. 91-118
Resumen
La responsabilidad civil ex delicto está sujeta a una serie de principios que emanan de su naturaleza civil, como el principio dispositivo. Fruto de este poder de disposición de la víctima se encuentra la posibilidad de renunciar a ser indemnizada. La renuncia es una dejación voluntaria de un derecho del que dispone el perjudicado. Se trata de un acto libre, terminante e inequívoco, y que requiere para su validez no estarafectado por un vicio en el consentimiento. Es un acto en principio irrevocable.
La modificación del artículo 112 LECrim llevada a cabo por la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de Garantía integral de la libertad sexual permite la revocación de la renuncia otorgada por la víctima en diferentes supuestos relacionados con el error o con vicios en la formación o exteriorización del consentimiento. Este trabajo trata de determinar la problemática en torno a la revocación de la renuncia a la indemnización.