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<title>DDMDR - Libros</title>
<link>https://hdl.handle.net/10481/15667</link>
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<pubDate>Sun, 12 Apr 2026 05:37:29 GMT</pubDate>
<dc:date>2026-04-12T05:37:29Z</dc:date>
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<title>Contratos mercantiles. Contratación internacional</title>
<link>https://hdl.handle.net/10481/101941</link>
<description>Contratos mercantiles. Contratación internacional
Torrecillas López, Segismundo
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<title>Administración y administradores de entidades deportivas</title>
<link>https://hdl.handle.net/10481/101940</link>
<description>Administración y administradores de entidades deportivas
Torrecillas López, Segismundo
En el presente trabajo el lector encontrará un profundo y exhaustivo estudio del órgano de administración de las entidades deportivas contempladas en la Ley del Deporte de 1990, con todas las modificaciones operadas desde ese año hasta hoy, precisando en caso de la SAD, las especialidades que presenta respecto al régimen general de la anónima.
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<title>Los nuevos modos de contratación y los derechos del pasajero-consumidor en el transporte aéreo</title>
<link>https://hdl.handle.net/10481/101936</link>
<description>Los nuevos modos de contratación y los derechos del pasajero-consumidor en el transporte aéreo
Torrecillas López, Segismundo
El pasajero-consumidor aéreo goza de una doble protección en base a su condición de parte del contrato de transporte , por lo que le asisten las acciones que puede ejercer contra el transportista por incumplimiento de su responsabilidad en el transporte; y, por otro lado, en base a la protección que se le dispensa en su condición de consumidor tanto en el texto constitucional español como en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y en la normativa comunitaria europea. Fruto de esta amplia protección que el ordenamiento jurídico le concede al consumidor pasajero, si cumple con sus obligaciones —pagar el precio del viaje, presentarse en tiempo y forma en el embarque o cumplir con las condiciones del peso o contenido de su equipaje, etc.—, se le otorgan los derechos de compensación, de reembolso y de transporte alternativo, en su caso, sin que exista dificultad en poder considerarlo como consumidor-usuario. Las compañías aéreas deberán respetar los límites legales en cuanto a la inserción en sus contratos de condiciones que no estén en contradicción con las disposiciones del Convenio de Montreal ni con el resto de normas aplicables. En el actual sistema de contratación, fundamentalmente digitalizado, la oferta de un vuelo (con precisión de destino, fecha y hora del mismo) oferta que se hará vía página web, con el consiguiente contrato electrónico, trae para el pasajero como única opción la de aceptar o no el contenido del contrato (contractualidad), cosa que hará si finalmente compra el billete y lo abona, con lo cual asume el contenido predispuesto íntegramente por la compañía aérea (imposición y predisposición). Corresponde a los poderes públicos determinar la posible abusividad de las cláusulas que se han aceptado (a veces, sin leer siquiera) o si se ha conculcado el principio de buena fe y, en definitiva, si se produce un desequilibrio en las prestaciones que deriven del contrato, lo que constituirá el objeto de nuestro comentario. Palabras clave: compensación, responsabilidad objetiva del transportista, pasajero, consumidor cláusulas abusivas.
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<title>Derechos de imagen de deportistas, artistas y famosos en redes sociales</title>
<link>https://hdl.handle.net/10481/101935</link>
<description>Derechos de imagen de deportistas, artistas y famosos en redes sociales
Torrecillas López, Segismundo
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<title>Medidas de defensa de la empresa familiar en materia de sucesióninclusión en los estatutos sociales de la prestación accesoria no retribuida de cumplir las disposiciones pactadas por los socios en el protocolo familiar/pacto de socios, siendo para ello suficiente una referencia al protocolo elevado a público</title>
<link>https://hdl.handle.net/10481/101934</link>
<description>Medidas de defensa de la empresa familiar en materia de sucesióninclusión en los estatutos sociales de la prestación accesoria no retribuida de cumplir las disposiciones pactadas por los socios en el protocolo familiar/pacto de socios, siendo para ello suficiente una referencia al protocolo elevado a público
Torrecillas López, Segismundo
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