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<title>DDTSS - Artículos</title>
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<dc:date>2026-04-13T20:44:46Z</dc:date>
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<title>La gestión de las drogodependencias y otras adicciones en el trabajo</title>
<link>https://hdl.handle.net/10481/112646</link>
<description>La gestión de las drogodependencias y otras adicciones en el trabajo
Almendros González, Miguel Ángel
Para garantizar el derecho a la salud es necesario un enfoque preventivo en la&#13;
gestión de los problemas derivados del alcoholismo, drogodependencias y otras adicciones&#13;
en el ámbito laboral. Sin embargo, todavía sigue teniendo un importante peso el enfoque&#13;
disciplinario, como mecanismo disuasorio a la vez que sancionador. Sin embargo, la vía&#13;
punitiva se encuentra con importantes problemas y disfuncionalidades. La consideración de&#13;
las adicciones, y especialmente el alcoholismo y la drogadicción, como enfermedades provoca&#13;
una contradicción interna en el propio régimen sancionador, encontrándonos con una auténtica&#13;
antinomia jurídica: el artículo 54.2.f ET considera como despido procedente la probada&#13;
embriaguez habitual o toxicomanía que repercuta negativamente en el trabajo, mientras que el&#13;
artículo 55.5 ET lo considera como despido discriminatorio por enfermedad, y por tanto como&#13;
despido nulo. Esta problematicidad en la aplicación del régimen disciplinario ante la detección&#13;
de adicciones en el trabajo refuerza aún más la necesidad de poner el acento en una gestión&#13;
integral de medidas preventivas y recuperadoras.; To guarantee the right to health, a preventive approach is necessary in the management&#13;
of problems arising from alcoholism, drug addiction, and other addictions in the workplace.&#13;
However, the disciplinary approach still holds significant weight, as a deterrent and punitive&#13;
mechanism. However, the punitive approach faces significant problems and dysfunctions. The&#13;
classification of addictions, and especially alcoholism and drug addiction, as diseases creates&#13;
an internal contradiction in the disciplinary regime itself, revealing a genuine legal antinomy:&#13;
Article 54.2.f ET considers proven habitual drunkenness or drug addiction that negatively&#13;
impacts work to be a justified dismissal, while Article 55.5 ET considers it to be discriminatory&#13;
dismissal due to illness, and therefore, an unfair dismissal. This problematic nature of the&#13;
disciplinary regime in the detection of workplace addictions further reinforces the need to&#13;
emphasize comprehensive preventive and restorative measures.
Jornada institucional de presentación del número 180 de la revista Temas Laborales: Monográfico sobre la gestión de la diversidad en las relaciones laborales, el jueves 29 de enero de 2026, en el Consejo Andaluz de Relaciones Laborales (CARL), Junta de Andalucía.
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<title>La protección del medio ambiente como nuevo contenido de los convenios colectivos laborales: La negociación colectiva verde</title>
<link>https://hdl.handle.net/10481/112645</link>
<description>La protección del medio ambiente como nuevo contenido de los convenios colectivos laborales: La negociación colectiva verde
Almendros González, Miguel Ángel
La negociación colectiva constituye la fuente de regulación adecuada para conseguir una transición&#13;
ecológica adaptada a las necesidades y características de cada sector y de cada empresa.&#13;
El análisis de las cláusulas medioambientales de los convenios colectivos nos permite&#13;
detectar cuáles son las tendencias reguladoras y cuáles las principales medidas adoptadas en&#13;
el marco de las relaciones de trabajo para la protección del medioambiente y la lucha contra el&#13;
cambio climático.; Collective bargaining is the appropriate regulatory source for achieving an ecological transition&#13;
tailored to the needs and characteristics of each sector and company. Analyzing the environmental&#13;
clauses in collective bargaining agreements allows us to identify regulatory trends and&#13;
the main measures adopted within the framework of labor relations to protect the environment&#13;
and combat climate change.
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<item rdf:about="https://hdl.handle.net/10481/112638">
<title>Parejas de hecho no formalizadas y pensión de viudedad: una controversia abierta en sede judicial</title>
<link>https://hdl.handle.net/10481/112638</link>
<description>Parejas de hecho no formalizadas y pensión de viudedad: una controversia abierta en sede judicial
Caballero Pérez, María José
Apartándose de la tradicional doctrina configurada por la jurisprudencia de lo social en torno al concepto de pareja de hecho establecido para la pensión de viudedad en el art. 221.2 LGSS, se abre una corriente doctrinal que opta por una interpretación más flexible de los términos del precepto para reconocer este derecho prestacional a las parejas de hecho que, pese a no encontrarse formalizadas, acreditan una convivencia prolongada y con hijos en común. Entre los argumentos esgrimidos se encuentra el de la obligación de interpretar con perspectiva de género las condiciones de devengo de la pensión impuestas a estas uniones no matrimoniales, pero sobre todo el de extender a las pensiones de viudedad, por razones de coherencia y lógica jurídica, el nuevo concepto de pareja de hecho previsto para el caso de que existan hijos en común a los efectos de acceder al ingreso mínimo vital o al subsidio asistencial por desempleo. De manera que, asumiendo una labor cuasi legislativa, los órganos judiciales han comenzado a obviar las formalidades ad solemnitatem aplicables al caso ex art. 221.2 LGSS y a estimar la procedencia de aplicar una solución normativa que -según estiman- debió estar explícitamente incluida la pensión de viudedad.
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<title>Desmantelamiento del sistema autónomo de solución de conflictos: vulneración de un mandato constitucional</title>
<link>https://hdl.handle.net/10481/110329</link>
<description>Desmantelamiento del sistema autónomo de solución de conflictos: vulneración de un mandato constitucional
Granados Romera, Isabel
Nuestro ordenamiento jurídico goza de un consolidado sistema de solución de conflictos de carácter autónomo, que responde de forma clara y evidente al modelo de relaciones laborales que la Constitución de 1978 diseñó, y al reconocimiento de los derechos de negociación colectiva y autotutela colectiva que el propio texto constitucional garantiza. Considero que la vigencia de los procedimientos autónomos no es una opción, no es una cuestión de oportunidad política, sino que es una exigencia constitucional, entiendo que se podrá discutir la eficiencia o el modelo de gestión, pero no es cuestionable su existencia. Proporcionar la argumentación técnica que fundamente tales afirmaciones es el objetivo de este ensayo.
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<title>Impacto de las nuevas tecnologías en la protección socio-laboral de las personas con discapacidad</title>
<link>https://hdl.handle.net/10481/110323</link>
<description>Impacto de las nuevas tecnologías en la protección socio-laboral de las personas con discapacidad
González De Patto, Rosa María
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