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https://hdl.handle.net/10481/26579
2024-03-19T07:47:49ZLa mediación familiar: especial mención al Proyecto de Ley de mediación en asuntos civiles y mercantiles
https://hdl.handle.net/10481/32806
La mediación familiar: especial mención al Proyecto de Ley de mediación en asuntos civiles y mercantiles
Iboleón Salmerón, Belén
Como ya pusiera de relieve García Villaluenga, el hecho de que tradicionalmente se haya considerado la vía jurisdiccional como la única posible para dar
respuesta a las disputas familiares, responde a modelos autoritarios de Estado
que actualmente están dando paso a otros más “democráticos”, que apuestan por una mayor participación en la toma de decisiones de las personas directamente afectadas por la controversia. Sin embargo, en algunos periodos históricos, sobre todo hasta la Revolución industrial, existían junto a los Tribunales otros sistemas para resolver los conflictos que surgían entre los individuos, caracterizados por la intervención de una o varias personas de prestigio o autoridad que
generalmente actuaban con carácter privado, como eran la conciliación o el “hombre bueno”, tradicional en las sociedades agrarias. Algunos de estos sistemas han perdurado hasta nuestros días (ejemplo de ello es, sin duda, el Tribunal de las Aguas de Valencia, que viene actuando desde el siglo XIII.
Dicho Tribunal, cuyos miembros son popularmente elegidos por los campesinos,
tiene como función resolver problemas referentes a la repartición
equitativa del agua en la comunidad, por lo que los campesinos de Valencia
pueden regular sus conflictos recurriendo a un tribunal arbitral formado por
personas respetadas de su propia clase y contexto socio-cultural).
Trabajo realizado dentro del marco de colaboración con el Grupo de Investigación SEJ 422.; Comunicación presentada en el 4º Congreso Gallego de Derecho Procesal (I Internacional). Celebrado en A Coruña, 2-3 junio de 2011.
La mediación penal
https://hdl.handle.net/10481/32805
La mediación penal
Butrón Baliña, Pedro
Sobre el tema de la mediación penal, lo primero que tendríamos que
preguntarnos es qué razones existen o mueven a los partidarios de la mediación
para su implantación en el proceso penal, y sobre ello deberíamos distinguir
entre razones de fondo y razones de índole institucional.
Ponencia presentada en el 4º Congreso Gallego de Derecho Procesal (I Internacional). Celebrado en A Coruña, 2-3 junio de 2011.