@misc{10481/52466, year = {1829}, url = {http://hdl.handle.net/10481/52466}, publisher = {Granada : s.n.}, keywords = {Diezmos}, keywords = {Granada (Provincia)}, keywords = {Siglo XIX}, keywords = {Legislación}, title = {El Excmo. Sr. Decano del Consejo ha trasladado á él con fecha 30 de Marzo último la Real orden que con la de 20 del mismo le habia comunicado el Sr. Secretario de Estado y del Despacho de Gracia y Justicia, cuyo tenor es el siguiente: Ilmo. Sr.: El Sr. Secretario de Estado y del Despacho de Hacienda con fecha 5 de Marzo corriente me dice de orden de S. M. lo que copio: Excmo. Sr.: A los Directores generales de Rentas digo ... Conformándose el Rey nuestro Señor con lo que ha propuesto la Direccion general de Rentas y el Director del Real Conservatorio de Artes, se ha dignado S. M. eximir del pago de diezmos por cuatro años á los limoneros, naranjos é higueras que se planten en terrenos que no se han roturado en treinta años...}, author = {Granada. Ayuntamiento}, }