@misc{10481/111940, year = {2026}, url = {https://hdl.handle.net/10481/111940}, abstract = {Las continuas transformaciones económicas y tecnológicas que, en cada etapa histórica, han afectado a nuestro sistema productivo han traído consigo “nuevas” formas de trabajar, “nuevas” formas de organización de la producción que han supuesto un incremento significativo del trabajo autónomo en sus diversas formas y al mismo tiempo un marco más difuso en la tradicional distinción entre el trabajo por cuenta ajena y el trabajo por cuenta propia. Así sucedió, en su momento, con la figura del TRADE y, actualmente, con los trabajadores que prestan servicios a través de plataformas digitales. Como es sabido, la figura del TRADE se configura como una figura híbrida entre lo privado y lo social, pues por un lado, el TRADE es titular de su propia organización productiva y no está sometido al poder de dirección del empresario, pero por otro lado, presta sus servicios de manera predominante para un mismo cliente de quien obtiene sus principales ingresos económicos y del cual recibe órdenes instrumentales relativas al trabajo comprometido. Si bien la finalidad que se perseguía con su reconocimiento legal a través de la LETA no era otra que la de otorgar a este colectivo de un marco garantista y protector del que hasta entonces carecía, lo cierto es que, dado su carácter híbrido, está fuertemente abonado al fraude de ley, en la medida en que constituye una vía que facilita la aparición del “falso autónomo”. Nótese, a tal efecto, que desde que la denominada “economía de las plataformas” ( término con el que se pretende designar a la variedad de realidades posibles que emergen del uso de las plataformas digitales) hizo su presencia en España alrededor del año 2015, el número de TRADE ha aumentado considerablemente, pues plataformas digitales tan emblemáticas como Deliveroo y Glovo han estado utilizando como estrategia la de reconocer a sus “riders” como TRADE a fin de alcanzar un cierto equilibrio: al tiempo que reconocen ciertas garantías a esos “riders”, consiguen una importante reducción de costes laborales y, sobre todo, de Seguridad Social. Ahora bien, la cuestión está en determinar si estos “riders” son auténticos TRADE, o si detrás de ellos se esconden verdaderos trabajadores por cuenta ajena, tal y como la práctica está demostrando. Al hilo de lo expuesto, el presente trabajo de investigación realiza un análisis técnico-jurídico tanto de la figura del TRADE, poniendo de manifiesto la ineficacia de su regulación jurídica contenida en la LETA, sobre todo, tras el reciente desarrollo de las plataformas digitales, así como del trabajo desarrollado a través de estas últimas, aportando soluciones útiles y propuestas de “lege ferenda” para poder mejorar la protección de estas formas de trabajo.}, organization = {Tesis Univ. Granada.}, publisher = {Universidad de Granada}, title = {Las difusas fronteras entre el trabajo autónomo y el asalariado: el trabajo autónomo económicamente dependiente}, author = {Martín Muñoz, María Rosa}, }