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[Circular de D. Pedro Miranda Flores a los ayuntamientos de los pueblos
de la Real Orden en la que se declara que los párrocos que vivan fuera del
recinto de sus parroquias no pueden dar ni recibir votos en las juntas electorales
en las que sean pastores, y únicamente gocen de voto pasivo en las que tengan
vecindad y residencia].