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[Circular de D. Ramón Linares a las justicias de los pueblos de la Resolución
enviada por el Ministro de Justicia relativa a que las apelaciones de negocios
de menor cuantía se interpongan ante la Chancillería, y que la Regencia de
la Real Jurisdicción recaiga en el letrado que nombre el alcalde mayor o juez
de letras en propiedad].