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Instruccion por la qual se deve gouernar la execucion de las informaciones que se han de hazer de las virtudes, y milagros del Beato Iuan de Dios, Fundador del Orden de la Hospitalidad, para la causa de su Canonizacion, cometidas [sic] a los señores Nuncio de su Santidad Arçobispos de Toledo, y Granada, y Obispo de Cordoua, en virtud de letras remisoriales, mandadas despachar por nuestro muy Santo Padre Clemente Nono a los ocho de Octubre del año de mil y seiscientos y sesenta y nueue.