@misc{10481/24150, year = {2013}, month = {3}, url = {http://hdl.handle.net/10481/24150}, abstract = {El SSAD tiene como fin ofrecer un marco de referencia que sirva para que los Centros de la Universidad de Granada puedan establecer y aplicar los procedimientos. Aprobado en la sesión extraordinaria del Consejo de Gobierno de 4 de marzo de 2013 necesarios para hacer el seguimiento de sus actividades docentes. El SSAD deberá ser, en lo básico, común a todos los Centros. En orden a su eficacia, el SSAD adoptado por cada Centro deberá contener un conjunto de elementos cuyo desarrollo específico se establecerá en cada Centro, debiendo permitir la verificación del derecho de los estudiantes a recibir las enseñanzas programadas en el POD. Por todo ello, el SSAD debe identificar las ausencias que eventualmente se puedan producir, así como a las personas y las causas que las motivan, a través de un sistema de firmas del profesorado, manual o electrónico a través del acceso identificado, o de un sistema análogo, complementado con el parte de incidencias al Inspector de Servicios. El SSAD que adopte cada Centro debe ser aprobado en Junta de Centro y comunicado a la Inspección de Servicios y al Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado antes del 15 de abril de 2013 para ser informado en la Comisión Académica de cara a su elevación a Consejo de Gobierno.}, publisher = {Universidad de Granada}, keywords = {Universidades}, keywords = {Universidad de Granada}, keywords = {Sistema de Seguimiento de la Actividad Docente (SSAD)}, keywords = {Gestión universitaria}, keywords = {Planes de estudios}, title = {ACG69/7: Aprobación del Sistema de seguimiento de la actividad docente de la Universidad de Granada}, author = {Universidad de Granada}, }