@misc{10481/24074, year = {1997}, month = {5}, url = {http://hdl.handle.net/10481/24074}, abstract = {Esta aportación presenta desde una perspectiva de rigor (de ahí su referencia a las fuentes documentales y su glosario de términos jurídicos griegos antiguos),de originalidad, pues se ocupa sobre todo de algo casi inédito, como es el estudio los antecedentes y desarrollo de las garantías crediticias en el derecho griego antiguo, aportando claridad a lo que ya según José Castan calificaba de “oscuro origen de la hipoteca”, e incorporando como novedad, el tratamiento y estudio de algunas figuras similares del Derecho Griego Antiguo, sobre la base del principio jurídico indiscutible, el de la anepafia sobre la base de las aportaciones y trabajos del prof. AMELOTTI-MIGLIARDI ZINGALE(AMELOTTI-MIGLIARDI ZINGALE, “Una dichiararazione di naukleros del 237 a. C. in un papiro inédito della collezione Genovese”, SODALITAS, 6 (1984), y comentando fragmentos de obra ya desaparecida de Teofrasto (372-288 a. C.), recogida por Juan Estobeo, antologísta del siglo V d. C., en sus “Antologías” o “Florilegio”. Recoge, profundiza y difunde las figuras del “enechyron”, la llamada “prasis epi lysei” y la “apotimema” comparándolas con las figuras de “fiducia cum creditore”, y el “pignus conventum” continuando con los trabajos de BISCARDI, (Diritto greco Antico, Milano, 1982, pp. 219. BISCARDI, Appunti sulle garanzie reali in diritto romano, Padua 1931, (reimp. Milano, 1976),. BISCARDI, "Le régime de la pluralitè hypothecarie en droit grec et romain", JJP, 19 (1983) y comentando documentos inéditos como -epígrafe IG, II, 1139 recogido por PAOLI, "Studi di diritto attico", Publ. Firenze 9 (1930), y otras fuentes clásicas como un pasaje de LISIAS, Jenofonte (Hell. IV, 4, 31) , (De bonis Aristoph.,#25) recogido por PAOLI en una brevísima nota (PAOLI, "Studi di diritto attico..op. cit., p. 159, nota 3), de los que se hace un comentario. La última figura, la “apotimema” se examina y se compara con la evolución posterior de la “apotimèma-datio in solutum”, hasta llegar a configurarlo como un autentico derecho real, en donde se efectúa un desplazamiento ficticio posesorio mediante la inscripción en los “horoi”. El examen del desarrollo de las garantías crediticias en el mundo antiguo, griego y romano, no es una cuestión gratuita, pues su repercusión en el mundo jurídico es tal, por cuanto que es precisamente el sistema jurídico inmobiliario recreado por Roma, el que se nos ha transmitido, y es básicamente el mismo que conocernos y aplicamos en el mundo latino, y por cierto, con un auge en los tiempos actuales que en cuanto se refiere a las garantías hipotecarias se puede calificar de “desbordamiento hipotecario”. Se trata de una aportación original sobre la evolución histórica y social, no ya de unas normas sino de toda una serie de instituciones jurídicas.}, publisher = {Colegio Nacional de Registradores de la Propiedad}, keywords = {Creditos reales}, keywords = {Mundo antiguo}, keywords = {Derecho griego antiguo}, keywords = {Garantias reales}, keywords = {Derecho romano}, keywords = {Pignus}, keywords = {Enechyron}, keywords = {Prasis epi lysei}, keywords = {Apotimema}, keywords = {Fiducia cum creditore}, keywords = {Pignus conventum}, keywords = {Fuentes clásicas}, keywords = {Datio in solutum}, keywords = {Horoi}, title = {El problema de la pluralidad de créditos en el derecho griego antiguo}, author = {Robles Velasco, Luis Mariano}, }