Prematica en que su Magestad manda, que sin embargo de la cedula de cinco de Nouiembre del año passado de seiscientos y treinta y seis, se guarde la de treinta de Abril dél, y que de aqui adelante, el trueco de vellon à oro ò plata, no exceda de à veinte y cinco por ciento hasta venida de Galeones, y venidos à veinte, y que no se puedan hazer ningunos trueques, ni permutaciones, sino en las casas de Diputacion que para ello se señalare en la forma, y con las penas que en ella se declaran... Pragmática, 1637-03-20 Hacienda pública Moneda España En port. grab. xil. esc. real Inic. grab. Enc. Perg. Sign.: A6 2010-08-26T10:35:02Z 2010-08-26T10:35:02Z 1637 info:eu-repo/semantics/book http://hdl.handle.net/10481/5221 es CCPB000036596-3 http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/ Creative Commons Attribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 License España-Madrid En Madrid : por Maria de Quiñones : vendese ... en casa de Pedro Coello...