Canonica, civil, y legal defensa, por don Miguel Lasso de la Vega y Barba, y Pedro Caro, su factor, vezinos de la Giudad [sic] de Carmona, en el Articulo que vmd. està para determinar sobre la admision de la mejora, que ha hecho Pedro Caro, de 200 ducados en cada un año de tres, cediendo al Côcejo de la dicha ciudad los Arrayhanes, por precio de la Dehessa de Gualbardilla, y Carrahola, que por proprios de la dicha ciudad, se han sacado al pregon, para su arrendamiento, y sobre declarar, no huvo lugar de admitir en el Acuerdo de 3 de Octubre, la oferta que el Procurador del Colegio de la Compañia de Jesus, de dicha ciudad hizo de mil y quinientos reales en cada un año, cediendo los Arrayhanes no aviendose guardado las calidades con que Pedro Caro hizo su primera postura de 200 ducados en 26 de Septiembre, que en acuerdo de la ciudad de dicho dia se mandaron observar [Lic. D. Bartolomè de Messa Xinete, L.D. Alv. de Marchena y Duràn] Lasso de la Vega y Barba, Miguel Caro, Pedro Marchena y Durán, Álvaro de Messa Jinete, Bartolomé de Colegio de la Compañía de Jesús (Carmona, Sevilla) Hacienda Arrendamiento rústico Carmona (Sevilla) 2 ej. de la misma obra En port. grab. xil. orlado de Virgen con Niño Inic. grab. Enc. Perg. Sign.: [ ]2, B-F2 Fecha de imp. aprox. 2010-03-29T10:09:37Z 2010-03-29T10:09:37Z 1695 info:eu-repo/semantics/book http://hdl.handle.net/10481/3338 es CCPB000122947-? http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/ Creative Commons Attribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 License España [S.l. : s.n.]