Circular, Nº 49 : por el Excmo. Sr. Secretario de Estado y del Despacho del Reino para la Península, en Real órden de 9 del corriente, se me dice los que sigue : las Cortes, usando de la facultad que se les concede por la Constitucion, han decretado el siguiente reglamento adicional al del 31 de agosto de 1820 para la Milicia nacional : articulo 1{486}, los Ayuntamientos de los pueblos quedan autorizados desde la publicacion de este decreto para recibir en clase de Milicianos voluntarios á todos los que se presenten con las circunstancias prescritas, esten ya ó no alistados en la Milicia nacional no voluntaria ... Granada (Provincia). Gobierno Superior Político. Sección de Gobierno Político Fuerzas armadas Al final de texto: "Dat. en Granada a 19 de mayo de 1821" Texto firmado por Pedro Miranda Florez. Tít. tomado de principio de texto. 2013-05-22T09:42:16Z 2013-05-22T09:42:16Z 1821 info:eu-repo/semantics/book http://hdl.handle.net/10481/25670 spa http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/ info:eu-repo/semantics/openAccess Creative Commons Attribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 License España-Andalucía-Granada [Granada : s.n.]